Los procedimientos relacionados con la imposición de órdenes de comparendo a conductores que presuntamente conducían bajo los efectos del alcohol siguen un proceso jurídico específico y están sujetos a las leyes y regulaciones de tránsito.
En general, estos procedimientos están diseñados para garantizar el debido proceso y los derechos de la persona involucrada. En el proceso administrativo convencional, aquellos que enfrentan una orden de comparendo por la presunción de conducir en estado de embriaguez tienen derecho al debido proceso, la defensa y contradicción, aportar pruebas y controvertir las presentadas por la autoridad de tránsito y a ser representado por abogado titulado.
Te brindamos asesoría para salida de patios.
IMPORTANTE: En este procedimiento se cuenta con solo cinco (5) días hábiles contados a partir de los hechos para impugnar la orden de comparendo.